La acción será interpuesta ante el TSJ en la primera semana de diciembre, anunció la organización
En la primera semana de diciembre la organización Anauco presentará una demanda por intereses colectivos y difusos ante el TSJ, en representación de un numeroso grupo de venezolanos afectados ante el bloqueo de sus divisas por parte de bancos del Estado.
Los afectados podrán sumarse hasta el 30 de noviembre.
Después de años con control de cambio en el año 2018, el Estado Venezolano abrió una ventana y creó una legislación cambiaria en respaldo a la implementación de un mecanismo de acceso a las divisas para los venezolanos con el Sistema de Tipo de Cambio Complementario Flotante, conocido como Dicom.
«Esta oferta pública captó el interés de miles de venezolanos, quienes vieron una oportunidad y se sintieron seguros por tratarse de una oferta del Estado respaldada por una ley especial, ante lo cual, participaron en dicho mercado, fueron adjudicados, pagaron sus divisas a la tasa impuesta por el ente emisor, pero desde entonces, desde hace más de dos años, sus dólares y euros permanecen “a la vista”, literalmente solo a la vista en sus cuentas online, porque no pueden disponer de ellos, no se pueden retirar, ni transferir, ni usar mediante medio de pago alguno», recuerda Anauco.
«Es decir, el dinero de estos venezolanos está en manos de bancos del Estado: Banco de Venezuela, Banco Bicentenario del Pueblo y Banco del Tesoro, que lo mantienen bloqueado sin ninguna razón o justificación».
«Demandaremos ante el TSJ para que cumpla con su misión de administrar justicia. Esta vez no se trata de asuntos políticos que son atendidos con gran celeridad; esta vez se trata de los derechos de miles de venezolanos que creyeron en una oferta pública que no les cumplió, creyeron en unos bancos que bloquearon su dinero y se niegan a devolverlo», indicó la organización.
De igual manera, «hemos solicitado audiencia ante la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario en su calidad de ente supervisor, con el fin de buscar soluciones para los afectados y con ello agotar las instancias antes de instar el órgano judicial; esperamos que esta audiencia sea concedida en atención al artículo 51 de la Carta Magna».